Relación laboral:
Es aquella acción que origine o genere prestar una actividad laboral subordinada a otra persona o empresa y que derivada de ésta relación se obtenga un sueldo fijo o remuneración económica, además el trabajador se obligará a prestar dicho servicio y responder a las ordenes e indicaciones del patrón y éste último deberá otorgar una retribución económica.
Patrón:
Es aquella persona física o moral que utiliza los servicios de uno o más trabajadores y que se obliga a otorgar un salario derivado de estas actividades, tomando como suyos los resultados y productos finales obtenidos derivados de este pago.
Tiene poder jurídico de mando sobre el trabajador
Recibe los beneficios del trabajo realizado
Sólo está obligado a otorgar un sueldo al trabajador, el producto final será de su propiedad.
Ejemplo: una empresa maquiladora le otorgará un sueldo determinado a uno o varios trabajadores por fabricar su producto pero los productos finales serán propiedad exclusiva de la empresa o patrón.
Trabajador:
Es la persona física que otorga a otra ya sea física o moral un trabajo personal subordinado a cambio de un salario.
Los trabajadores serán siempre personas físicas
La relación con el patrón es subordinada, es decir, deber de obediencia del trabajador.
Se obligará a prestar sus servicios al patrón en los términos acordados, pero regidos por las leyes vigentes.
Ejemplo: En un McDonald’s los trabajadores son quienes prestan el servicio a las personas, preparan los alimentos y atienden a sus clientes, el producto final son los aliementos que son propiedad del patrón, ellos solo los preparan y sirven de la forma que la empresa les indique y a cambio de un sueldo.
Trabajador de confianza:
Es aquel que presta sus servicios como representante de la empresa de forma interna o externa, es decir, a quienes funjan como administradores, gerentes o encargados de la vigilancia tendrán este título ya que figuran como una extensión del patrón hacia demás empleados y proveedores.
Por norma general no se podrán asociar en sindicatos
No son tomados encuenta en recuento de huelgas.
Representa al patrón dentro de la empresa.
Ejemplo: en mi experiencia personal, cuando era cajero tenía el carácter de sindicalizado pero cuando fui cambiado al puesto de administrador dejé de pertenecer al sindicato y me “convirtieron” en trabajador de confianza, esto porque ahora debo anteponer los intereses de la empresa a cualquier otro personal o de amistad dentro de la organización, mi deber es representar a la empresa y velar por sus intereses ante cualquier situación interna o externa.
Prestador de servicios profesionales:
Es aquella persona física o moral que presta determinados servicios fijos o temporales que requieren una preparación técnica o profesional, a otra persona y que esta ultima le otorgará una remuneración económica.
El pago de la retribución se fija de común acuerdo
Es responsable por daños causados por su negligencia, desonocimiento o impericia durante el contrato
Responde únicamente por los efectos que fue contratado y tiene la capacidad de rechazar acciones que no sean de su competencia.
Ejemplo: en la empresa Banamex existen diferentes “proveedores” que prestan sus servicios a la empresa en cuestiones que ésta no puede hacerlo, por ejemplo hay una empresa que presta sus servicios de mantenimiento eléctrico y se encarga de todos los problemas y adecuaciones en ese aspecto, la empresa solo les paga por servicios realizados y no está obligada a pagarles algún sueldo cuando no se presenten situaciones que merezcan sus servicios.
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